"Artículo 42.- El territorio nacional comprende:
I El de las partes integrants de la federación.
II El de las islas, incluyendo los arrecifes y cayos en los mares adyacentes;
III El de las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo situadas en el oceano Pácífico.
IV La plataforma continental y los zócalos submarinos de islas, cayos y arrecifes
V Las aguas de los mares territoriales en la extensión y terminos que fije el derecho internacional y las marítimas interiores.
VI El espacio situado en el territorio nacional, con la extención y modalidades que establezca el propio derecho nacional."
Señala como está conformado el territorio nacional, incluye: Islas, litorales marítimos en términos que fije el derecho internacional, arrecifes, zócalos submarinos.
domingo, 11 de octubre de 2009
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